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Sancionan a plataformas fintech



A tres años de la publicación de La Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, se dieron a conocer las primeras multas a personas físicas y morales que han incumplido con esta reglamentación que busca dar certeza respecto a estos nuevos medios para manejar la economía personal y empresarial.


La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) dio a conocer las primeras sanciones a personas físicas y morales que han infringido la llamada Ley Fintech. En la mayoría de los casos fue la difusión de información errónea o inexacta lo que ocasionó las multas.

De acuerdo con información de la CNBV fueron cuatro las entidades que inclumplieron con el marco normativo y, en total, las multas ascienden a un monto de 7.9 millones de pesos.

La Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de marzo de 2018 y tiene como objetivo “regular los servicios financieros que prestan las instituciones de tecnología financiera, así como su organización, operación y funcionamiento, y los servicios financieros sujetos a alguna normatividad especial que sean ofrecidos o realizados por medios innovadores”.

Según el artículo 97 de la ley, las multas a que sean acreedores los organismos regulados por ella, deben pagarse dentro de los siguientes 15 días hábiles a la fecha de la notificación, lapso con el que cuentan las plataformas sancionadas hasta ahora: Cacao Paycard Solutions, Klarm Felipe Martínez González y EsMas Remates.


Los infractores

Según datos de la CNBV, la multa más elevada, por 6.9 millones de pesos, fue para Cacao Paycard Solutions, por difundir información errónea en medios de comunicación. Este organismo, dijeron, se encuentra en proceso de obtención de autorización para operar como institución de fondos de pago electrónico, figura regulada en el artículo 22 de la Ley Fintech.

La plataforma Klar fue sancionada por 868 mil 800 pesos debido a que en su comunicación mercadológica utiliza expresiones y términos concernientes a productos reservados para las instituciones de fondos de pago electrónico, un estatus con el que no cuenta.

En el caso de Felipe Martínez González, como persona física, y EsMas Remates, las multas fueron de poco más de 86 mil pesos en cada caso. La decisión de estas dos sanciones se debió al uso de palabras que se refieren a conceptos y actividades únicamente autorizadas para instituciones de financiamiento colectivo, clasificación con la que no cuentan.

El hecho de que se emitieran estas multas fue celebrado por representantes del ámbito de la tecnología financiera ya que sienta un precedente respecto a la manera en que se debe asegurar que estos nuevos medios sean certeros y confiables para el manejo de la economía de sus usuarios.


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